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IV.5o.2 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
Registro digital (IUS)
195832
Clave de tesis
IV.5o.2 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Común
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Agosto de 1998; Pág. 865

IMPROCEDENCIA DEL AMPARO INDIRECTO. CONTRA RESOLUCIÓN QUE REVOCA AUTO DE CADUCIDAD DE LA INSTANCIA EN EL JUICIO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Agosto de 1998; Pág. 865

Precedentes

Amparo en revisión 132/98. Luis Alberto Rodríguez Quintero y otro. 12 de mayo de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Humberto Valencia Valencia. Secretario: Pablo Jáuregui Arroyo. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 138/2003-PS que fue declarada improcedente por la Primera Sala, toda vez que sobre el tema tratado existe la tesis 2a./J. 68/2002, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XVI, Julio de 2002, página 152, con el rubro: " CADUCIDAD DE LA INSTANCIA. EN JUICIOS ORDINARIOS. LA RESOLUCIÓN QUE CONFIRMA LA NEGATIVA A DECRETARLA ES IMPUGNABLE EN AMPARO INDIRECTO ."

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