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2a. LXXXVI/98 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Civil, Común, Constitucional

COMPETENCIA. NO CORRESPONDE EN GRADO DE REVISIÓN A LA SEGUNDA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, CUANDO SE CUESTIONA LA CONSTITUCIONALIDAD DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO.

[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VII, Junio de 1998; Pág. 148

Precedentes

Amparo en revisión 3031/97. Grupo Lior, S.A. de C.V. 13 de mayo de 1998. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Fortunata Silva Vásquez.