2a. XIV/98 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Constitucional
CONTROVERSIAS CONSTITUCIONALES. EL CONFLICTO SUSCITADO ENTRE UN ESTADO Y UN MUNICIPIO RESPECTO DE LA COMPETENCIA PARA PRESTAR EL SERVICIO PÚBLICO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO, OBLIGA A RECABAR PRUEBAS NO SÓLO DE LA CUESTIÓN CONSTITUCIONAL PLANTEADA, SINO TAMBIÉN RESPECTO DE LA PRESTACIÓN MATERIAL DEL SERVICIO.
[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VII, Febrero de 1998; Pág. 381
Sin prejuzgar respecto del fondo del asunto, si la controversia la promueve un Municipio en contra de una entidad federativa, por la posible transgresión a la esfera de facultades del primero, por cuanto hace a la prestación del servicio de agua potable y alcantarillado, es manifiesto que durante el procedimiento y para efectos de la resolución final del asunto, debe considerarse necesario, no sólo recabar las probanzas tendientes a demostrar los extremos de la disposición constitucional en relación con la postura de las partes contendientes, sino también aquellas pruebas que, si bien en principio no guardan relación directa con los presupuestos normativos de la norma fundamental, sí pueden ser aptas para demostrar cuál de los entes está en capacidad real de cumplir con los fines y objetivos que persigue la propia norma, que finalmente es lo importante, atendiendo a los recursos económicos, materiales y de cualquier índole que se requieren para tal efecto, atento la propia complejidad del servicio de que se trate.
Precedentes
Recurso de reclamación en la controversia constitucional 51/96. Ayuntamiento del Municipio de Puebla, Estado de Puebla. 5 de septiembre de 1997. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Osmar Armando Cruz Quiroz.