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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 4 de noviembre de 2011, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 335/2010, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

V.2o.37 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
Registro digital (IUS)
197103
Clave de tesis
V.2o.37 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Administrativa
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VII, Enero de 1998; Pág. 1113

INFORME JUSTIFICADO, EL JUEZ DE DISTRITO DEBE ORDENAR NOTIFICACIÓN PERSONAL DE LA VISTA DEL, CUANDO SE ADVIERTA LA EXISTENCIA DE DIVERSO ACTO O LA INTERVENCIÓN DE AUTORIDAD DISTINTA A LAS SEÑALADAS COMO RESPONSABLES.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VII, Enero de 1998; Pág. 1113

Precedentes

Amparo en revisión 295/97. Ramón Flores Cota. 9 de octubre de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Ricardo Rivas Pérez. Secretario: Ernesto Encinas Villegas. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo IV-Octubre, tesis II.2o.C.T.13 K, página 500, de rubro: " AUTORIDAD NO SEÑALADA COMO RESPONSABLE. EL JUEZ DE DISTRITO DEBE REQUERIR AL QUEJOSO CUANDO ES TERCERO EXTRAÑO, SI DEL INFORME JUSTIFICADO SE ADVIERTE LA PARTICIPACIÓN DE UNA .". Nota: Por ejecutoria del 4 de noviembre de 2011, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 335/2010, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

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