I.8o.C.17 KTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
INCIDENTE DE NULIDAD DE ACTUACIONES PROMOVIDO EN CONTRA DE LAS DILIGENCIAS DE NOTIFICACION Y EMPLAZAMIENTO. LA RESOLUCION QUE CONFIRMA SU DESECHAMIENTO NO ES UN ACTO DE EJECUCION IRREPARABLE.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo V, Enero de 1997; Pág. 485
La resolución que confirma el auto que desechó por frívolo e improcedente el incidente de nulidad de actuaciones en contra de las diligencias de notificación y emplazamiento, no constituye un acto de ejecución irreparable, sino que sólo produce efectos intraprocesales por lo que en su contra no procede la demanda de amparo indirecto.
OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión (improcedencia) 235/96. Grupo Textil Metropolitano, S.A. de C.V. 10 de octubre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo. Secretaria: Edith Alarcón Meixueiro.