Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
P. CXLIV/96Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Común

REVISION ADHESIVA. SU FINALIDAD ES DIVERSA DE LA QUE PERSIGUEN LAS OBLIGACIONES QUE AL TRIBUNAL REVISOR IMPONEN LAS FRACCIONES I, III Y IV DEL ARTICULO 91 DE LA LEY DE AMPARO.

[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Noviembre de 1996; Pág. 143

Precedentes

Amparo en revisión 1673/95. Armando Landeros Llavayol. 23 de septiembre de 1996. Unanimidad de once votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Neófito López Ramos. El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el siete de noviembre en curso, aprobó con el número CXLIV/1996, la tesis que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis de jurisprudencia. México, Distrito Federal, a siete de noviembre de mil novecientos noventa y seis.

Tesis relacionadas

→ Más tesis en materia común