Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
VII.1o.C.6 C (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Civil

JUICIOS MERCANTILES CUYO MONTO SEA INFERIOR A QUINIENTOS MIL PESOS POR CONCEPTO DE SUERTE PRINCIPAL. CONTRA LAS RESOLUCIONES EMITIDAS EN ELLOS NO PROCEDE RECURSO ALGUNO, ATENTO A LA REFORMA DEL ARTÍCULO 1339 DEL CÓDIGO DE COMERCIO, PUBLICADA EL 9 DE ENERO DE 2012 (INAPLICABILIDAD DE LA JURISPRUDENCIA 1a./J. 59/2010).

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVII, Febrero de 2013; Tomo 2; Pág. 1377

Precedentes

Amparo en revisión (improcedencia) 328/2012. Juan Miguel Torres Pérez. 16 de noviembre de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Clemente Gerardo Ochoa Cantú. Secretario: Irving Iván Verdeja Higareda. Nota: Por ejecutoria del 3 de julio de 2013, la Primera Sala declaró sin materia la contradicción de tesis 173/2013 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al existir la jurisprudencia 1a./J. 70/2013 (10a.) que resuelve el mismo problema jurídico. Por ejecutoria del 4 de septiembre de 2013, la Primera Sala declaró improcedente la contradicción de tesis 304/2013 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al existir la jurisprudencia 1a./J. 70/2013 (10a.) que resuelve el mismo problema jurídico.