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XIII.T.A.5 L (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común, Constitucional, Laboral

SUPLENCIA DE LA QUEJA EN MATERIA LABORAL PREVISTA EN EL ARTÍCULO 76 BIS, FRACCIÓN IV, DE LA LEY DE AMPARO. SU IMPROCEDENCIA TRATÁNDOSE DEL PATRÓN NO VIOLA LOS PRINCIPIOS DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN CONSAGRADOS EN LOS ARTÍCULOS 1o. DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL; 7 DE LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS; 14 DEL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS; Y, 1 Y 24 DE LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XX, Mayo de 2013; Tomo 3; Pág. 2139

Precedentes

Amparo directo 849/2012. Servicios de Salud de Oaxaca. 6 de febrero de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Sylvia Adriana Sarmiento Jiménez. Secretario: Héctor López Valdivieso. Nota: El criterio contenido en esta tesis no es obligatorio ni apto para integrar jurisprudencia, en términos de lo previsto en el numeral 11, Capítulo Primero, Título Cuarto, del Acuerdo General Plenario 5/2003, de veinticinco de marzo de dos mil tres, relativo a las reglas para la elaboración, envío y publicación de las tesis que emiten los órganos del Poder Judicial de la Federación, y para la verificación de la existencia y aplicabilidad de la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte .

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