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IV.1o.A. J/5 (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaT.C.C.Común

QUEJA. ES IMPROCEDENTE LA QUE SE INTERPONE CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 95, FRACCIÓN VI, DE LA LEY DE AMPARO, Y EN CONTRA DE ACTUACIONES QUE TIENDAN A LOGRAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS EJECUTORIAS DE AMPARO.

[J]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 3, Febrero de 2014; Tomo III; Pág. 2072

Precedentes

Queja 98/2008. Director General de la Agencia para la Racionalización y Modernización del Sistema de Transporte Público de Nuevo León. 30 de octubre de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Rodolfo R. Ríos Vázquez. Secretaria: Ana María Chibli Macías. Queja 21/2012. Encargada del despacho de la Dirección de Asuntos Internos ante la Secretaría de Seguridad Pública y Vialidad de Apodaca, Nuevo León. 10 de mayo de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Eduardo Alvarado Puente. Secretaria: Robertha Soraya de la Cruz Vega. Queja 12/2012. Marcos Demetrio Cantú Barrón. 17 de mayo de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Javier Coss Ramos. Secretario: Juan Fernando Alvarado López. Queja 61/2012. Delegado de las autoridades responsables Presidente de la República y Secretario de Hacienda y Crédito Público. 13 de julio de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Javier Coss Ramos. Secretaria: María Eugenia Urquiza García. Queja 121/2013. Delegado de las autoridades responsables del Municipio de García, Nuevo León. 10 de octubre de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Javier Coss Ramos. Secretario: Juan Fernando Alvarado López.