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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: El criterio contenido en esta tesis es objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 26/2014, pendiente de resolverse por la Primera Sala.

VII.4o.P.T.9 P (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común, Penal
Registro digital (IUS)
2005847
Clave de tesis
VII.4o.P.T.9 P (10a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
10a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Común, Penal
Fuente
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 4, Marzo de 2014; Tomo II; Pág. 1739
Publicación
2014-03-07

DEMANDA DE AMPARO EN MATERIA PENAL. LA PROMOVIDA POR LA VÍCTIMA U OFENDIDO DEL DELITO CONTRA LA SENTENCIA DEFINITIVA CONDENATORIA DERIVADA DE UN PROCESO QUE IMPONE PENA DE PRISIÓN, DEBE SUJETARSE AL PLAZO DE 15 DÍAS PREVISTO EN EL ARTÍCULO 17, PÁRRAFO PRIMERO, DE LA LEY DE LA MATERIA.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 4, Marzo de 2014; Tomo II; Pág. 1739

Precedentes

Amparo directo 431/2013. 6 de diciembre de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Sebastián Martínez García. Secretario: Ismael Martínez Reyes. Nota: El criterio contenido en esta tesis es objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 26/2014, pendiente de resolverse por la Primera Sala.

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Registro digital (IUS): 2005847 · Publicación: 2014-03-07