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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: El criterio contenido en esta tesis es objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 147/2014, pendiente de resolverse por la Primera Sala.

III.4o.C.21 C (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Civil, Común
Registro digital (IUS)
2007166
Clave de tesis
III.4o.C.21 C (10a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
10a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil, Común
Fuente
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Agosto de 2014; Tomo III; Pág. 1738
Publicación
2014-08-15

EMPLAZAMIENTO DEL CODEMANDADO DEL QUEJOSO. ES LEGALMENTE FACTIBLE ABORDAR EL ESTUDIO DE SU LEGALIDAD EN EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO QUE PROMUEVA ÉSTE, SIEMPRE Y CUANDO EXISTA PRONUNCIAMIENTO AL RESPECTO EN LA SENTENCIA RECLAMADA Y ESA DETERMINACIÓN PUDIERA PRODUCIRLE UNA AFECTACIÓN REAL Y ACTUAL (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Agosto de 2014; Tomo III; Pág. 1738

Precedentes

Amparo directo 37/2014. Marco Antonio Valenzuela Yáñez. 13 de marzo de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Alberto Casasola Mendoza. Secretario: Abel Briseño Arias. Nota: El criterio contenido en esta tesis es objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 147/2014, pendiente de resolverse por la Primera Sala.

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Registro digital (IUS): 2007166 · Publicación: 2014-08-15