2a. LXI/95Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Común
INCONFORMIDAD. RESULTA IMPROCEDENTE EN CONTRA DEL ACUERDO QUE DESECHA LA DENUNCIA DE REPETICION DE LOS ACTOS RECLAMADOS.
[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Julio de 1995; Pág. 108
El incidente de inconformidad, no es el medio jurídico idóneo para resolver sobre el desechamiento de la denuncia de repetición de los actos reclamados, puesto que la Ley de Amparo, en su artículo
95, fracción VI
, establece el recurso de queja como el procedente para dilucidar tal cuestión procesal.
Precedentes
Incidente de inconformidad 62/95. Pedro Yescas Peralta. 16 de junio de 1995. Cinco votos. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretario: Alfredo E. Báez López.