2a./J. 13/95Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Común
COMPETENCIA ENTRE JUECES DE DISTRITO. PARA DETERMINARLA DEBEN TOMARSE EN CUENTA LOS ACTOS DE EJECUCION ATRIBUIDOS A LAS AUTORIDADES Y NO A LOS PARTICULARES.
[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo I, Junio de 1995; Pág. 107
De conformidad con el artículo
36 de la Ley de Amparo
, para conocer de un juicio de garantías, es competente el juez de Distrito en cuya jurisdicción deba tener ejecución, trate de ejecutarse, se ejecute, o se haya ejecutado el acto reclamado; la ejecución a que se refiere este precepto, es aquella que estuvo, está o puede estar a cargo de una autoridad, cuyos actos pueden ser impugnados, cuestionados, analizados y, en su caso, destruidos a través del juicio de garantías; por tanto, la conducta atribuida a particulares que pueden derivar o apoyarse en los actos reclamados, no puede servir de base para fijar la competencia de los jueces de Distrito, toda vez que los fallos de amparo solamente vinculan a las autoridades.
Precedentes
Competencia 55/95. Suscitada entre la Juez Séptimo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal y el Juez Octavo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con residencia en la ciudad de Reynosa. 24 de marzo de 1995. Cinco votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: Guadalupe Robles Denetro.
Competencia 86/95. Suscitada entre el Juez Séptimo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal y el Juez Sexto de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con residencia en la ciudad de Matamoros. 21 de abril de 1995. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Jorge Dionisio Guzmán González.
Competencia 91/95. Suscitada entre el Juez Noveno de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal y el Juez Cuarto de Distrito en el Estado de Chiapas. 21 de abril de 1995. Cinco votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: Adriana Campuzano de Ortiz.
Competencia 10/95. Suscitada entre el Juez Tercero de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Jalisco y el Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal. 28 de abril de 1995. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Irma Rodríguez.
Competencia 30/95. Suscitada entre el Juez Primero de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal y el Juez Tercero de Distrito en el Estado de México. 28 de abril de 1995. Cinco votos. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretario: Alfredo E. Báez López.
Tesis de Jurisprudencia 13/95. Aprobada por la Segunda Sala de este alto Tribunal, en sesión privada de doce de mayo de mil novecientos noventa y cinco, por cinco votos de los señores Ministros: Presidente Juan Díaz Romero, Sergio Salvador Aguirre Anguiano, Mariano Azuela Güitrón, Genaro David Góngora Pimentel y Guillermo I. Ortiz Mayagoitia.