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VI.2o.P.2 K (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común

INCIDENTE DE NULIDAD DE NOTIFICACIONES CONTRA EL EMPLAZAMIENTO AL TERCERO INTERESADO. PUEDE INTERPONERLO CUALQUIERA DE LAS PARTES Y NO SÓLO AQUELLA A QUIEN SE DIRIGIÓ LA NOTIFICACIÓN CUYA INVALIDACIÓN SE DENUNCIA.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 16, Marzo de 2015; Tomo III ; Pág. 2371

Precedentes

Queja 64/2014. 29 de mayo de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Rafael Aragón. Secretaria: Silvia Galindo Andrade. Nota: Por ejecutoria del 7 de febrero de 2024, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de criterios 175/2023, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, en virtud de que "los tribunales colegiados de circuito involucrados no asumieron realmente posturas jurídicas contradictorias, al advertirse de una lectura cuidadosa que ambos coincidieron en sostener, por un lado, que cualquiera de las partes estaba en condiciones legales de pedir la nulidad de una notificación, siempre y cuando su aducida irregularidad pudiera causarles algún perjuicio."

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