Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
PC.XXX. J/14 C (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoCivil

DEMANDA EN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. LA OBLIGACIÓN DE EXPRESAR EN EL APARTADO CORRESPONDIENTE LOS HECHOS FUNDATORIOS DE LA RECLAMACIÓN DE INTERESES MORATORIOS, SE INCUMPLE CUANDO RESPECTO DE ÉSTOS EL ACTOR NO SEÑALA EL HECHO RELATIVO AUN CUANDO EXHIBA JUNTO A LA DEMANDA EL PAGARÉ QUE LOS CONTIENE.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 21, Agosto de 2015; Tomo II ; Pág. 1371

Precedentes

Contradicción de tesis 2/2015. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Segundo, ambos del Trigésimo Circuito. 26 de junio de 2015. Mayoría de tres votos de los Magistrados Lucila Castelán Rueda, Silverio Rodríguez Carrillo y Miguel Ángel Alvarado Servín, con ejercicio de voto de calidad de la primera de los nombrados en su carácter de presidenta del Pleno del Trigésimo Circuito. Disidentes: Álvaro Ovalle Álvarez, José Luis Rodríguez Santillán y Esteban Álvarez Troncoso. Ponente: Álvaro Ovalle Álvarez. Secretario: Víctor Cisneros Castillo. Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito, al resolver los amparos directos 776/2013, 1111/2014 y 18/2015, y el diverso sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito, al resolver el amparo directo 1090/2014.

→ Más tesis en materia civil