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I.7o.P.51 P (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Constitucional, Penal

ACCESO EFECTIVO A LA JUSTICIA DE LA VÍCTIMA U OFENDIDO DEL DELITO EN LA APELACIÓN. PARA EJERCER EFICAZMENTE ESTE DERECHO HUMANO, DEBEN NOTIFICÁRSELE LA RADICACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE ESE RECURSO Y DESIGNÁRSELE UN ASESOR JURÍDICO, AL MARGEN DE NO SER LA PARTE PROCESAL QUE INTERPUSO DICHO MEDIO DE IMPUGNACIÓN PUES, SU INCUMPLIMIENTO, ORIGINA LA REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO, CUANDO LA RESOLUCIÓN DE SEGUNDA INSTANCIA LE SEA DESFAVORABLE.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 38, Enero de 2017; Tomo IV; Pág. 2422

Precedentes

Amparo directo 146/2016. 15 de noviembre de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Miguel Ángel Aguilar Solís, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado, en términos del artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con el 40, fracción V, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; y reforma y deroga diversas disposiciones de otros acuerdos generales. Secretaria: María Nelly Vázquez Rivera.