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XXI.2o.C.T.6 L (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Laboral

MULTA COMO MEDIDA DE APREMIO PARA HACER CUMPLIR EL LAUDO. DEBE IMPONERSE AL SERVIDOR PÚBLICO EN SU CALIDAD DE PERSONA FÍSICA Y NO A LA ENTIDAD PÚBLICA QUE REPRESENTE (LEGISLACIÓN BUROCRÁTICA DEL ESTADO DE GUERRERO).

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 40, Marzo de 2017; Tomo IV; Pág. 2771

Precedentes

Amparo en revisión 187/2016. Sergio Rivera Salas. 28 de septiembre de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Julio Alfonso Vera Márquez, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado, en términos del artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Secretario: Arelí Santiago Esteva. Amparo en revisión 218/2016. Adela Arizmendi Bernal. 15 de noviembre de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: José Eduardo Alvarado Ramírez. Secretaria: Karla Gabriela Castañón Flores.

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