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PC.IV.A. J/47 A (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoAdministrativa

CONTRIBUCIÓN PARA OBTENER UNA LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN EN EL ESTADO DE NUEVO LEÓN. EL PAGO EN ESPECIE O EN EFECTIVO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 203, INCISO B), DE LA LEY RELATIVA, VIGENTE HASTA EL 26 DE NOVIEMBRE DE 2017, COMO REQUISITO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN, TIENE LA NATURALEZA DE UN DERECHO.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 67, Junio de 2019; Tomo V; Pág. 4154

Precedentes

Contradicción de tesis 2/2019. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, con residencia en Culiacán, Sinaloa, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito y el Quinto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, con residencia en La Paz, Baja California Sur. 21 de mayo de 2019. Unanimidad de tres votos de los Magistrados José Carlos Rodríguez Navarro, Jesús Rodolfo Sandoval Pinzón y Miguel Ángel Cantú Cisneros. Ponente: Jesús Rodolfo Sandoval Pinzón. Secretaria: Ana María de la Rosa Galindo. Criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, con residencia en Culiacán, Sinaloa, al resolver el amparo en revisión 463/2018 (cuaderno auxiliar 767/2018), el sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, al resolver los amparos en revisión 141/2017 y 462/2017, y el diverso sustentado por el Quinto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, con residencia en La Paz, Baja California Sur, al resolver el amparo en revisión 512/2017 (cuaderno auxiliar 878/2017). Nota: De la sentencia que recayó al amparo en revisión 463/2018 (cuaderno auxiliar 767/2018), resuelto por el Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, con residencia en Culiacán, Sinaloa, derivaron las tesis aisladas (V Región)1o.6 A (10a.) y (V Región)1o.5 A (10a.), de títulos y subtítulos: "CONTRIBUCIÓN ESPECIAL DE GASTO. EL TRIBUTO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 203, INCISO B), DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN TIENE ESA NATURALEZA Y NO LA DE UN DERECHO." y "DERECHOS Y CONTRIBUCIONES ESPECIALES. SU DISTINCIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN).", publicadas en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 15 de febrero de 2019 a las 10:17 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 63, Tomo II, febrero de 2019, páginas 2927 y 2988, respectivamente.

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