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I.4o.A.181 A (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa, Constitucional

ARRESTO COMO CORRECTIVO DISCIPLINARIO EN EL EJÉRCITO Y FUERZA AÉREA MEXICANOS. ES INNECESARIO OTORGAR EL DERECHO DE AUDIENCIA PREVIA AL IMPONERLO, DADO EL RÉGIMEN DE SUJECIÓN ESPECIAL AL QUE SE ENCUENTRAN SUJETOS LOS INTEGRANTES DE LAS FUERZAS ARMADAS.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 74, Enero de 2020; Tomo III; Pág. 2449

Precedentes

Amparo en revisión 347/2018. Oficial de Cuartel; Jefe de la Sección de Personal, Abastecimiento y Ayudantía, y Comandante, todos de la Tercera Compañía de Ingenieros de Combate. 14 de noviembre de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Jean Claude Tron Petit. Secretario: Marco Antonio Pérez Meza. Nota: La tesis aislada 1a. CXCI/2011 (9a.), de rubro: "DISCIPLINA EN EL ÁMBITO MILITAR. SU FUNCIÓN Y ALCANCE CONSTITUCIONAL COMO PRINCIPIO ORGANIZATIVO DE LAS FUERZAS ARMADAS." citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro I, Tomo 2, octubre de 2011, página 1085, con número de registro digital: 160868. En relación con el alcance de la presente tesis, destaca la diversa jurisprudencial 2a./J. 158/2019 (10a.), de título y subtítulo: "ARRESTOS MILITARES. LA REGULACIÓN DE LOS QUE SE IMPONEN CON FUNDAMENTO EN LA LEY DE DISCIPLINA DEL EJÉRCITO Y FUERZA AÉREA MEXICANOS POR UN SUPERIOR JERÁRQUICO O DE CARGO, NO VIOLA EL DERECHO DE AUDIENCIA PREVIA.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 6 de diciembre de 2019 a las 10:18 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 73, Tomo I, diciembre de 2019, página 427, con número de registro digital: 2021193.

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