Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
(IV Región)1o.7 L (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Laboral

DEMANDA LABORAL. LA DETERMINACIÓN DEL JUZGADO QUE LA DESECHA POR NO HABERSE AGOTADO EL PROCEDIMIENTO DE CONCILIACIÓN ES ILEGAL, PUES SIN FIJAR COMPETENCIA SOBRE EL ASUNTO, LA DEBE REMITIR A LA AUTORIDAD CONCILIADORA COMPETENTE PARA QUE LO INICIE.

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 5, Septiembre de 2021; Tomo IV; Pág. 3009

Precedentes

Amparo directo 178/2021 (cuaderno auxiliar 285/2021) del índice del Tribunal Colegiado del Trigésimo Primer Circuito, con apoyo del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz. 30 de junio de 2021. Unanimidad de votos. Ponente: Neófito López Ramos. Secretaria: Diana Ivonne Suárez Arias.

→ Más tesis en materia laboral