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I.1o.P.2 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común

COMPETENCIA. CUANDO SON SEÑALADOS COMO RESPONSABLES TODOS LOS JUECES DE DISTRITO DE UNA MATERIA DETERMINADA EN UN CIRCUITO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Mayo de 1996; Pág. 604

Precedentes

Impedimento 1/96. Juez Séptimo de Distrito en Materia Penal del Primer Circuito. 20 de febrero de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Elvia Díaz de León de López. Secretaria: Silvia Lara Guadarrama. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 22/2000 resuelta por el Tribunal Pleno, de la que derivó la tesis P./J. 44/2001, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIII, abril de 2001, página 75, con el rubro: " COMPETENCIA. PARA DETERMINARLA, CUANDO SON SEÑALADOS COMO RESPONSABLES TODOS LOS JUECES DE DISTRITO DE LA MISMA MATERIA DE CIERTO ÁMBITO TERRITORIAL, DEBE ATENDERSE, ADEMÁS DE LA CERCANÍA, A LA ESPECIALIZACIÓN ."

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