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PC.V. J/7 L (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos de CircuitoLaboral

ACCIÓN DE NULIDAD EN LA VÍA LABORAL. ES PROCEDENTE CONTRA LOS CONVENIOS LABORALES QUE CAREZCAN DE LAS FIRMAS DE LA TOTALIDAD DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE.

[J]; 11a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 15, Julio de 2022; Tomo III; Pág. 2696

Precedentes

Contradicción de tesis 1/2022. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Tercero, ambos en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito. 10 de mayo de 2022. Mayoría de cinco votos de los Magistrados Luis Fernando Zúñiga Padilla, María Lizeth Olvera Centeno, Manuel María Morteo Reyes, Arturo Castañeda Bonfil y Federico Rodríguez Celis. Disidente: José Israel Hernández Tirado, quien formuló voto particular. Ponente: Arturo Castañeda Bonfil. Secretaria: María Eugenia Robles Leyva. Criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito, al resolver el amparo directo 360/2020, y el diverso sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito, al resolver el amparo directo 690/2019. Nota: La tesis de jurisprudencia 2a./J. 17/2015 (10a.) citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 10 de abril de 2015 a las 9:30 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 17, Tomo I, abril de 2015, página 699, con número de registro digital: 2008806.

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