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2a./J. 74/2022 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Laboral

SECRETARIO INSTRUCTOR. CARECE DE FACULTADES PARA PRONUNCIARSE SOBRE LA COMPETENCIA DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL LABORAL PARA CONOCER DE DETERMINADO JUICIO, YA SEA PARA DECLINARLA, RECHAZARLA O ACEPTARLA.

[J]; 11a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 21, Enero de 2023; Tomo III; Pág. 2564

Precedentes

Contradicción de criterios 268/2022. Entre los sustentados por el Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Vigésimo Circuito, el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Segundo Circuito, el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Segundo Circuito, con apoyo del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, y el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito. 16 de noviembre de 2022. Cinco votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Luis María Aguilar Morales, Loretta Ortiz Ahlf, Javier Laynez Potisek y Yasmín Esquivel Mossa. Ponente: Yasmín Esquivel Mossa. Secretario: Luis Enrique García de la Mora. Criterios contendientes: El sustentado por el Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Vigésimo Circuito, al resolver el conflicto competencial 17/2021, el sustentado por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, al resolver el conflicto competencial 20/2022, y el diverso sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito, al resolver el conflicto competencial 1/2022. Tesis de jurisprudencia 74/2022 (11a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del siete de diciembre de dos mil veintidós. Nota: De la sentencia que recayó al conflicto competencial 17/2021, resuelto por el Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Vigésimo Circuito, derivó la tesis XX.T.4 L (11a.), de rubro: "SECRETARIO INSTRUCTOR DE UN TRIBUNAL LABORAL. CARECE DE FACULTADES PARA EMITIR DETERMINACIONES RELACIONADAS CON LA COMPETENCIA PARA CONOCER DE UN ASUNTO.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 15 de julio de 2022 a las 10:22 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 15, Tomo V, julio de 2022, página 4694, con número de registro digital: 2025016. De la sentencia que recayó al conflicto competencial 20/2022, resuelto por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito Materia de Trabajo del Vigésimo Circuito, derivó la tesis XXVIII.1o. J/1 L (11a.), de rubro: "SECRETARIO INSTRUCTOR. CARECE DE FACULTADES PARA EMITIR RESOLUCIONES QUE RESUELVAN EN DEFINITIVA EL PROCEDIMIENTO LABORAL O LO DEN POR CONCLUIDO.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 21 de octubre de 2022 a las 10:31 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 18, Tomo IV, octubre de 2022, página 3386, con número de registro digital: 2025398. De la sentencia que recayó al conflicto competencial 1/2022, resuelto por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito, derivó la tesis VII.2o.T. J/6 L (11a.), de rubro: "SECRETARIO INSTRUCTOR EN EL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA LABORAL. EL JUEZ TITULAR PUEDE DELEGARLE LA FACULTAD PARA PROVEER RESPECTO DE LA COMPETENCIA DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 871, INCISO F), DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, VIGENTE A PARTIR DEL 2 DE MAYO DE 2019.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 21 de octubre de 2022 a las 10:31 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 18, Tomo IV, octubre de 2022, página 3405, con número de registro digital: 2025399.