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2a./J. 28/2025 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Laboral
Registro digital (IUS)
2030758
Clave de tesis
2a./J. 28/2025 (11a.)
Tipo
Jurisprudencia
Época
11a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Materia
Laboral
Fuente
[J]; 11a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 51, Julio de 2025; Tomo II, Volumen 1; Pág. 228
Publicación
2025-07-11

PRUEBA TESTIMONIAL EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. SI LA PARTE TRABAJADORA OMITE MENCIONAR EN SU DEMANDA LOS HECHOS QUE PRETENDE DEMOSTRAR, EL JUZGADOR DEBE PREVENIRLA PARA QUE SUBSANE ESA IRREGULARIDAD.

[J]; 11a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 51, Julio de 2025; Tomo II, Volumen 1; Pág. 228

Precedentes

Contradicción de criterios 246/2024. Entre los sustentados por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Segundo Circuito y el Tribunal Colegiado del Trigésimo Segundo Circuito. 4 de diciembre de 2024. Cuatro votos de los Ministros Yasmín Esquivel Mossa, Lenia Batres Guadarrama, Javier Laynez Potisek y Alberto Pérez Dayán. Ponente: Lenia Batres Guadarrama. Secretaria: Martha Nayeli Núñez Cosio. Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Segundo Circuito, al resolver el amparo directo 1342/2021, y el diverso sustentado por el Tribunal Colegiado del Trigésimo Segundo Circuito, al resolver el amparo directo 388/2023. Nota: De la sentencia que recayó al amparo directo 1342/2021, resuelto por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Segundo Circuito, derivó la tesis aislada II.2o.T.28 L (11a.), de rubro: "TESTIMONIAL EN MATERIA DE TRABAJO. EN SU OFRECIMIENTO DEBEN PRECISARSE LOS EXTREMOS A PROBAR, VINCULADOS CON LOS HECHOS CONTROVERTIDOS, EN ATENCIÓN A LOS PRINCIPIOS DE CONCENTRACIÓN Y CELERIDAD (LEY FEDERAL DEL TRABAJO, VIGENTE A PARTIR DEL 2 DE MAYO DE 2019).", publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 12 de agosto de 2022 a las 10:20 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 16, Tomo V, agosto de 2022, página 4553, con número de registro digital: 2025107. Tesis de jurisprudencia 28/2025 (11a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de cuatro de junio de dos mil veinticinco.

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Registro digital (IUS): 2030758 · Publicación: 2025-07-11