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PR.L.CS. J/14 L (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos RegionalesLaboral

SALARIOS CAÍDOS. ES IMPROCEDENTE DESCONTAR DE LA CONDENA RESPECTIVA EL PAGO DE LOS COMPRENDIDOS EN EL LAPSO EN QUE LA AUTORIDAD LABORAL SUSPENDIÓ SUS ACTIVIDADES O TÉRMINOS PROCESALES CON MOTIVO DE LA CONTINGENCIA SANITARIA PRODUCIDA POR EL VIRUS SARS-CoV-2 (COVID-19) (LEY FEDERAL DEL TRABAJO EN SU TEXTO ANTERIOR A LA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 30 DE NOVIEMBRE DE 2012).

[J]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 25, Mayo de 2023; Tomo III; Pág. 2746

Precedentes

Contradicción de criterios 42/2023. Entre los sustentados por los Tribunales Colegiados Primero y Tercero, ambos en Materias Civil y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito. 22 de marzo de 2023. Tres votos de la Magistrada Rosa María Galván Zárate y de los Magistrados José Luis Caballero Rodríguez y Emilio González Santander. Ponente: Rosa María Galván Zárate. Secretario: Jorge Iván Ávila Rivera. Criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito, al resolver el amparo directo 362/2021, y el diverso sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito, al resolver el amparo directo 181/2021. Nota: La parte conducente de la sentencia relativa a la contradicción de tesis 91/2003-SS citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIX, enero de 2004, página 209, con número de registro digital: 17924.

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