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(X Región)1o.1 L (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Común, Laboral

ETAPA PREJUDICIAL CONCILIATORIA EN MATERIA LABORAL. LOS VICIOS ATRIBUIDOS A SU TRAMITACIÓN NO SON SUSCEPTIBLES DE ANALIZARSE COMO VIOLACIONES AL PROCEDIMIENTO EN EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO.

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 28, Agosto de 2023; Tomo V; Pág. 4390

Precedentes

Amparo directo 1594/2022 (cuaderno auxiliar 433/2023) del índice del Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Segundo Circuito, con apoyo del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Décima Región, con residencia en Saltillo, Coahuila de Zaragoza. 26 de mayo de 2023. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos César Morales Ortiz, secretario de tribunal autorizado por la Secretaría Ejecutiva de Adscripción del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado, en términos del artículo 30 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Secretario: Romeo de Jesús Soberano Noroña. Nota: La sentencia relativa a la contradicción de criterios 75/2022 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 24 de febrero de 2023 a las 10:26 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 22, Tomo III, febrero de 2023, página 2611, con número de registro digital: 31280.