Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
XVI.1o.P.9 K (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Común, Penal

SOBRESEIMIENTO EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO POR CAMBIO DE SITUACIÓN JURÍDICA. PROCEDE DECRETARLO FUERA DE LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, CUANDO SE RECLAMA UN ACTO DICTADO EN LA ETAPA INTERMEDIA DEL PROCESO PENAL ACUSATORIO Y SE ENCUENTRA APERTURADA LA DE JUICIO [INTERPRETACIÓN DE LA TESIS DE JURISPRUDENCIA 1a./J. 37/2023 (11a.)].

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 30, Octubre de 2023; Tomo V; Pág. 5155

Precedentes

Amparo en revisión 69/2023. 5 de julio de 2023. Unanimidad de votos. Ponente: Alberto Augusto de la Rosa Baraibar. Secretaria: Lilia Venecia Lachica Gallardo. Nota: La tesis de jurisprudencia 1a./J. 37/2023 (11a.), de rubro: "SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO PENAL ADVERSARIAL Y ORAL. CUANDO EN AMPARO INDIRECTO SE RECLAME EL AUTO DE VINCULACIÓN A PROCESO, POR REGLA GENERAL, EL PRONUNCIAMIENTO SOBRE LA SUSPENSIÓN DEBE HACERSE EN EL CUADERNO PRINCIPAL DEL JUICIO Y EXCEPCIONALMENTE EN EL INCIDENTE DE SUSPENSIÓN." y la sentencia relativa a la contradicción de criterios 118/2022 citadas, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 28 de abril de 2023 a las 10:32 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 24, Tomo II, abril de 2023, páginas 1430 y 1394, con números de registro digital: 2026369 y 31403, respectivamente. Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de criterios 85/2023 del índice del Pleno Regional en Materia Penal de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México, el que derivado del Acuerdo General 38/2023, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se modifica la denominación de los Plenos Regionales de las Regiones Centro-Norte y Centro-Sur; y que reforma diversas disposiciones relativas a su semiespecialización, competencia y domicilio cambio su denominación y competencia a Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México, el que por ejecutoria del 2 de febrero de 2024 la declaró inexistente, en virtud de que en los ejercicios argumentativos realizados por los tribunales contendientes no existe un punto de toque o contacto que permita determinar la existencia de un razonamiento en el que la interpretación ejercida gire en torno a un mismo tipo de problema jurídico, pues partieron de situaciones fácticas distintas que naturalmente arrojó ejercicios interpretativos de la misma índole.

→ Más tesis en materia común