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PR.L.CS. J/52 L (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos RegionalesComún, Laboral

SUSPENSIÓN DEFINITIVA EN EL JUICIO DE AMPARO. ES PROCEDENTE CONCEDERLA CONTRA LA EJECUCIÓN DE LAS MULTAS IMPUESTAS POR EL TRIBUNAL DE ARBITRAJE Y ESCALAFÓN DEL ESTADO DE JALISCO ANTE EL INCUMPLIMIENTO DE UN LAUDO FIRME.

[J]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 32, Diciembre de 2023; Tomo III; Pág. 3353

Precedentes

Contradicción de criterios 133/2023. Entre los sustentados por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito y el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito. 6 de noviembre de 2023. Tres votos de la Magistrada Rosa María Galván Zárate y de los Magistrados José Luis Caballero Rodríguez y Emilio González Santander. Ponente: Magistrada Rosa María Galván Zárate. Secretario: Eduardo Alfonso Guerrero Serrano. Criterios contendientes: El sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, al resolver el incidente de suspensión (revisión) 16/2023, y el diverso sustentado por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, al resolver el incidente de suspensión (revisión) 169/2023. Nota: La parte conducente de la sentencia relativa a la contradicción de tesis 363/2017 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 13 de abril de 2018 a las 10:17 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 53, Tomo I, abril de 2018, página 450, con número de registro digital: 27737.