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PR.A.CN. J/85 A (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos RegionalesAdministrativa, Común

SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. PROCEDE RESPECTO DE LA CANCELACIÓN DEL VOLUMEN DE AGUA CONCESIONADA Y LA PRESENTACIÓN DEL PROGRAMA POR EL GANADOR DE UNA LICITACIÓN DE UNA CONCESIÓN MINERA (ARTÍCULOS 19, FRACCIÓN VII, DE LA LEY DE MINERÍA, 4, PÁRRAFO TERCERO, Y 29 BIS 4, FRACCIÓN XIX, DE LA LEY DE AGUAS NACIONALES, Y 107 BIS DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE DERIVADOS DEL DECRETO DE REFORMAS PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 8 DE MAYO DE 2023).

[J]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 35, Marzo de 2024; Tomo VI; Pág. 6065

Precedentes

Contradicción de criterios 234/2023. Entre los sustentados por los Tribunales Colegiados Sexto, Décimo Cuarto y Décimo Quinto, todos en Materia Administrativa del Primer Circuito, el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito y el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Sexto Circuito. 30 de noviembre de 2023. Tres votos de las Magistradas Adriana Leticia Campuzano Gallegos y Rosa Elena González Tirado, quien formuló voto concurrente y del Magistrado Gaspar Paulín Carmona, quien formuló voto concurrente. Ponente: Magistrada Adriana Leticia Campuzano Gallegos. Secretaria: Tania Alvarez Escorza. Criterios contendientes: El sustentado por el Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, al resolver la queja 280/2023, el sustentado por el Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, al resolver la queja 355/2023, el sustentado por el Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, al resolver la queja 353/2023, el sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito, al resolver la queja 231/2023, y el diverso sustentado por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Sexto Circuito, al resolver la queja 233/2023. Nota: Esta tesis forma parte del engrose relativo a la contradicción de criterios 234/2023, resuelta por el Pleno Regional en Materia Administrativa de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México. Esta tesis es objeto de la denuncia relativa a la contradicción de criterios 250/2025, pendiente de resolverse por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.