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PR.P.T.CS.3 K (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaPlenos RegionalesComún

CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS. ES IMPROCEDENTE SI LOS CRITERIOS DENUNCIADOS FUERON MATERIA DE UNA DIVERSA CONTRADICCIÓN AUN CUANDO SE HAYAN SUSTENTADO EN EXPEDIENTES DISTINTOS.

[TA]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 37, Mayo de 2024; Tomo V; Pág. 4826

Precedentes

Contradicción de criterios 1/2024. Entre los sustentados por el Tribunal Colegiado en Materias de Trabajo y Administrativa del Décimo Cuarto Circuito y el Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito. 6 de marzo de 2024. Tres votos de las Magistradas María Enriqueta Fernández Haggar y Rosa María Galván Zárate y del Magistrado Héctor Lara González. Ponente: Magistrado Héctor Lara González. Secretaria: Gladys Eliza González León. Nota: Esta tesis no constituye jurisprudencia, ya que no resuelve el tema de la contradicción planteada.

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