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II.2o.C.T.19 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

CHEQUE CRUZADO. NO ES SUSCEPTIBLE DE ENDOSO EN PROCURACION.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Marzo de 1996; Pág. 897

Precedentes

Amparo directo 1371/95. Alba Automotriz, S.A. de C.V. 7 de febrero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Ernesto Saloma Vera. Secretario: Juan Banderas Trigos. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 155/2005-PS resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 2/2007, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXV, marzo de 2007, página 5, con el rubro: " CHEQUES. TANTO LOS CRUZADOS COMO LOS QUE CONTIENEN LA LEYENDA "PARA ABONO EN CUENTA" PUEDEN SER ENDOSADOS EN PROCURACIÓN PARA OBTENER SU COBRO JUDICIAL ."

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