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PR.C.CS. J/34 C (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos RegionalesCivil, Común

SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN EL JUICIO DE AMPARO. PROCEDE CUANDO SE RECLAMA LA PROVIDENCIA CAUTELAR DE RETENCIÓN DE CUENTAS BANCARIAS DECRETADA EN UN PROCEDIMIENTO MERCANTIL EN EL CUAL SE DEMANDÓ A UNA PERSONA MORAL Y A SU SOCIO, PARTE QUEJOSA.

[J]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 38, Junio de 2024; Tomo III; Pág. 3498

Precedentes

Contradicción de criterios 88/2023. Entre los sustentados por los Tribunales Colegiados Primero y Quinto, ambos en Materia Civil del Tercer Circuito. 24 de noviembre de 2023. Tres votos de la Magistrada Martha Leticia Muro Arellano y de los Magistrados Héctor Martínez Flores y Cuauhtémoc Cuéllar De Luna, quien formuló voto concurrente. Ponente: Magistrada Martha Leticia Muro Arellano. Secretaria: Alma Elizabeth Hernández López. Criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, al resolver la queja 328/2023, y el diverso sustentado por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, al resolver las quejas 341/2023 y 345/2023. Nota: La parte conducente de la ejecutoria relativa a la contradicción de tesis 14/2012 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XI, Tomo 1, agosto de 2012, página 445, con número de registro digital: 23777.

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