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PR.A.C.CS. J/1 C (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos RegionalesCivil, Común

QUIEBRA. LA PRONTA ENAJENACIÓN DE LOS ACTIVOS DE LA QUEBRADA ES DE INTERÉS SOCIAL Y ORDEN PÚBLICO, POR LO QUE NO PROCEDE SU SUSPENSIÓN.

[J]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 39, Julio de 2024; Tomo I, Volumen 2; Pág. 1539

Precedentes

Contradicción de criterios 18/2024. Entre los sustentados por los Tribunales Décimo Quinto y Décimo Sexto, ambos en Materia Civil del Primer Circuito. Mayoría de votos del Magistrado Arturo Iturbe Rivas y de la Magistrada María Amparo Hernández Chong Cuy, en contra del voto particular que formula la Magistrada Rosa Elena González Tirado (Presidenta). 2 de mayo de 2024. Ponente: Magistrada María Amparo Hernández Chong Cuy. Secretario: Mauricio Omar Sanabria Contreras. Criterios contendientes: El sustentado por el Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, al resolver el incidente en revisión R.C.I. 239/2023, y el diverso sustentado por el Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia Civil del mismo Circuito, al resolver el incidente en revisión R.C.I. 165/2023.