Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
PR.A.C.CS. J/4 C (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos RegionalesCivil

SUMINISTRO BÁSICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN BAJA TENSIÓN MODALIDAD POSPAGO. LA REVISIÓN A CARGO DEL DISTRIBUIDOR NO REQUIERE CITATORIO NI AVISO CON ANTICIPACIÓN PARA PRACTICARLA.

[J]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 39, Julio de 2024; Tomo I, Volumen 2; Pág. 1697

Precedentes

Contradicción de criterios 25/2024. Entre los sustentados por los Tribunales Colegiados Segundo del Décimo Circuito (auxiliar del Tercer Tribunal del Vigésimo Séptimo Circuito), Primero del Vigésimo Séptimo Circuito y Segundo en Materias Civil y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito. Unanimidad de votos. 3 de abril de 2024. Ponente: Magistrada María Amparo Hernández Chong Cuy. Secretario: Mauricio Omar Sanabria Contreras. Criterios contendientes: El sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, en auxilio del Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, al resolver el amparo directo 404/2023 (cuaderno auxiliar 14/2023); el sostenido por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, al resolver el amparo directo 697/2022 (relacionado con el 608/2022), y el diverso sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito, al resolver el amparo directo 157/2023 (relacionado con el 158/2023).

→ Más tesis en materia civil