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I.11o.C.115 K (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Común
Registro digital (IUS)
2030787
Clave de tesis
I.11o.C.115 K (11a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
11a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Común
Fuente
[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 52, Agosto de 2025; Tomo II, Volumen 2; Pág. 1481
Publicación
2025-08-08

AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA DE AMPARO. NO EXISTE OBLIGACIÓN LEGAL DE QUE LA PERSONA JUZGADORA O TRIBUNAL DE AMPARO EXPRESE EN ÉL LAS RAZONES POR LAS CUALES ESTIMÓ PROCEDENTE LA ACCIÓN CONSTITUCIONAL.

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 52, Agosto de 2025; Tomo II, Volumen 2; Pág. 1481

Precedentes

Queja 222/2024. Ana María Romero Martínez. 12 de junio de 2024. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Rangel Ramírez. Secretario: Sergio Iván Sánchez Lobato.

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Registro digital (IUS): 2030787 · Publicación: 2025-08-08