Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
P./J. 82/2026 (12a.)Jurisprudencia12a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional

ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. LOS COBROS DERIVADOS DEL EJERCICIO DE ESE DERECHO REQUIEREN UNA MOTIVACIÓN REFORZADA DEL LEGISLADOR PARA SER ACORDES CON EL PRINCIPIO DE GRATUIDAD.

[J]; 12a. Época; Pleno; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Mayo de 2026; Tomo III, Volumen 1; Pág. 284

Precedentes

Acción de inconstitucionalidad 5/2025. Comisión Nacional de los Derechos Humanos. 17 de septiembre de 2025. Mayoría de siete votos de las personas Ministras Irving Espinosa Betanzo, María Estela Ríos González, Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf, Giovanni Azael Figueroa Mejía, Arístides Rodrigo Guerrero García y Presidente Hugo Aguilar Ortiz con consideraciones adicionales. Disidentes: Sara Irene Herrerías Guerra y Lenia Batres Guadarrama. Ponente: Yasmín Esquivel Mossa. Secretarios: Mauricio Tapia Maltos y Rodrigo Arturo Cuevas y Medina. El Comité de Revisión, Aprobación y Numeración de Tesis, en sesión de treinta de abril de dos mil veintiséis, y las personas Ministras que integran el Pleno de este Tribunal, aprobaron, con el número 82/2026 (12a.), la tesis jurisprudencial que antecede. Ciudad de México a veinte de mayo de dos mil veintiséis.

→ Más tesis en materia constitucional