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Artículo 45 de la LEY Orgánica del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El jefe principal, que se llama Director General, lo elige directamente el Presidente de la República. Este puesto solo lo puede ocupar un General o Jefe que pertenezca al Ejército, a la Fuerza Aérea o alguien del mismo rango en la Marina.

Texto oficial

ARTICULO 45.- El Director General será designado por el Ejecutivo Federal, debiendo recaer ese nombramiento en un General o Jefe del Ejército, de la Fuerza Aérea o su equivalente de la Armada.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.