LEY que Aprueba la Adhesión de México al Convenio Constitutivo del Banco de Desarrollo del Caribe y su Ejecución
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Se aprobó que México se una al Banco de Desarrollo del Caribe, que es una organización que presta dinero para proyectos en países de esa región. Esto significa que México va a participar como miembro de ese banco.
- Art. 2La Secretaría de Hacienda es la única que puede hablar y hacer tratos con el Banco de Desarrollo del Caribe. Nadie más, ni otras dependencias del gobierno, pueden meterse en eso. Ella es como el único contacto oficial entre México y ese banco. Así que si alguien necesita algo de ese banco, tiene que pasar por la Secretaría de Hacienda.
- Art. 3El Banco de México comprará acciones del Banco de Desarrollo del Caribe, con el aval del Gobierno Federal. Para empezar, pagó 15.6 millones de dólares: dio un 20% de enganche y el resto en cinco pagos anuales del 16% cada uno. Después, desde 1991, pagó otros 6.26 millones de dólares en cinco plazos iguales del 20% anual. Y más recientemente, en 2014, lo autorizaron a comprar hasta 28.21 millones de dólares más, de los cuales solo pagó 6.2 millones en efectivo. En total, México se hizo socio de ese banco pagando en plazos, no todo de golpe.
- Art. 4El gobierno de México, a través del Banco de México, va a pagar 3 millones de dólares para completar la séptima vez que se le pone dinero al Fondo Especial de Desarrollo del Banco de Desarrollo del Caribe. Esto está relacionado con lo que dice el artículo 8 del convenio de ese banco. En total, México ya ha aportado 32 millones 333 mil dólares a ese fondo. Esta ley se ha actualizado varias veces, la última en diciembre de 2014.
- Art. 5El Banco de México va a guardar y manejar el dinero que el Banco de Desarrollo del Caribe tenga disponible en nuestro país. Esto lo hace porque así lo establece un acuerdo internacional que los dos bancos firmaron. En pocas palabras, el Banco de México es como el "alcancía" oficial de ese banco extranjero para sus recursos en México.
- Art. 6El gobierno de México le asegura al Banco de México (Banxico) que no va a perder ni un solo peso por comprar acciones o hacer negocios con el Banco de Desarrollo del Caribe. Si Banxico llega a tener alguna pérdida por estas operaciones, el gobierno la cubre. En otras palabras, el gobierno se hace responsable de cualquier riesgo económico que Banxico tome al participar en ese banco extranjero. Esto es como un seguro donde el gobierno garantiza que Banxico siempre recupere lo que invierta o preste.
- Art. 7El gobierno de México, por medio de la Secretaría de Hacienda, va a elegir a quién será el representante principal (Gobernador Propietario) y a quién será su suplente (Gobernador Suplente) en el Banco de Desarrollo del Caribe. Estas dos personas serán las que participen oficialmente en las reuniones y decisiones de ese banco en nombre de México.
- Art. 8La Secretaría de Hacienda elige a dos personas para que trabajen en el Banco de Desarrollo del Caribe: una es el Director Ejecutivo y la otra es su suplente, llamado Director Alterno. El suplente entra a funciones cuando el titular no puede estar. Básicamente, Hacienda decide quiénes representan a México en ese banco internacional. No hay más requisitos ni condiciones en este artículo; solo eso.
- Art. 9El gobierno de México acepta que el Banco de Desarrollo del Caribe existe legalmente y tiene derechos especiales, como no pagar impuestos y no ser demandado fácilmente, según lo que dice su propio reglamento. Si alguien tiene un problema con este banco, sus empleados o sus propiedades, solo los juzgados federales (los de todo el país) pueden resolverlo, no los estatales ni locales. Además, ningún juez puede ordenar embargar los bienes del banco o castigar a sus trabajadores por hacer su trabajo. Esto significa que el banco está protegido para operar sin interrupciones legales en México.
- Art. 10Las personas que trabajan para el Banco de Desarrollo del Caribe, así como sus bienes, documentos y comunicaciones oficiales, tienen ciertos privilegios especiales. Por ejemplo, no tienen que pagar algunos impuestos y están protegidos con inmunidades (es decir, no pueden ser demandados o sancionados por ciertas cosas). Todos esos beneficios vienen del acuerdo con el que se creó el Banco. Además, esta ley empezó a aplicarse desde el día después de que se publicara en el Diario Oficial de la Federación, que fue el 30 de diciembre de 1981.