- Ley
- REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 122
Artículo 122 del REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que las Alcaldías tienen que enseñarle a la gente de su zona cómo protegerse ante desastres como temblores, inundaciones o incendios. También deben promover que la gente aprenda sobre cómo prevenir y manejar estos riesgos. Esto es además de las otras obligaciones que ya tienen por ley.
Texto oficial
Artículo 122.Además de las atribuciones señaladas en la Ley, corresponde a las Unidades de Alcaldías impartir y promover la capacitación en materia de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil entre la población de su demarcación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.