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Ley
REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DEL PERSONAL SUSTANTIVO DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
30

Artículo 30 del REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DEL PERSONAL SUSTANTIVO DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Unidad de Asuntos Internos es como el departamento que vigila que los empleados de la Fiscalía (como ministerios públicos y peritos) hagan bien su chamba. Depende directamente del jefe máximo de la Fiscalía, quien además de sus otras tareas, investiga si alguien falla en cumplir con sus obligaciones según este reglamento. Si encuentra una falta, también se encarga de echar a andar el proceso para castigarlos, ya sea con una llamada de atención o algo más serio.

Texto oficial

Artículo 30. La Unidad de Asuntos Internos se encuentra adscrita a la Oficina de la persona Titular de la Fiscalía General, cuyo titular tiene como atribución, además de las señaladas en la Ley Orgánica, la de investigar el incumplimiento de las obligaciones del personal ministerial y pericial, previstas en el presente Reglamento, así como sustanciar el procedimiento disciplinario a que éstos se harán acreedores.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DEL PERSONAL SUSTANTIVO DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 10) ↗

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