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Ley
Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios
Artículo
25

Artículo 25 de la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto tiene que gastar su dinero solo en lo que dice esta ley: dar las prestaciones y apoyar los programas que autorice el Consejo Directivo (que es el grupo que toma las decisiones importantes). Si al final del año le sobra presupuesto, ese dinero extra se usa para mejorar la infraestructura, como arreglar instalaciones o comprar equipo necesario. En pocas palabras, no puede gastar en cosas que no estén previstas, y lo que sobre se invierte en mejoras.

Texto oficial

ARTICULO 25.- El Instituto ejercerá su presupuesto para cumplir con el otorgamiento de las prestaciones establecidas en esta ley y los programas autorizados por el Consejo Directivo. Los remanentes presupuestales anuales que en su caso se presenten, se aplicarán para mejorar la infraestructura.

Ver texto oficial de la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios (pág. 10) ↗

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