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Artículo 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría del Campo es la oficina del gobierno estatal encargada de todo lo relacionado con el campo. Su trabajo es planear, organizar y vigilar actividades como la agricultura (cultivar maíz, frijol, etc.), la cría de animales (ganado, aves, abejas, peces) y el cuidado de los bosques y el suelo. También se encarga de apoyar la creación de agroindustrias (fábricas que transforman productos del campo) y de ayudar a que los productores vendan mejor sus productos. Todo esto lo hace para mejorar la vida de quienes trabajan en el campo y para ayudar a resolver problemas de tierras y derechos agrarios en el estado.

Texto oficial

Artículo 40. La Secretaría del Campo es la dependencia encargada de planear, promover, coordinar, supervisar y regular el desarrollo de la agricultura, floricultura, fruticultura, del agave, ganadería, avicultura, apicultura, acuacultura, piscicultura, silvicultura, la conservación forestal y del suelo, el establecimiento de agroindustrias, promoviendo en todo tiempo la industrialización y comercialización de los productos de este sector, con la finalidad de incidir en el bienestar y mejoramiento de las condiciones de vida de los productores y trabajadores del campo; así como coadyuvar en la atención y solución de los problemas agrarios en el Estado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 29) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.