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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley19/138
Ley
Ley del Notariado del Estado de México
Artículo
138

Artículo 138 de la Ley del Notariado del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Colegio va a tener un grupo especial que se encargará de cuidar los valores éticos y legales del trabajo de los notarios. Este grupo se llama Comité de Preservación de los Valores Éticos. Lo van a formar el Presidente actual del Colegio y los que fueron Presidentes antes. Las reglas de cómo va a funcionar este comité se van a definir en el Reglamento Interno del Colegio.

Texto oficial

Artículo 138.- EL Colegio contará con un órgano responsable de mantener y preservar los valores éticos y jurídicos inherentes a la función notarial que se denominará Comité de Preservación de los Valores Éticos, el cual se integrará por el Presidente en funciones y los Ex-presidentes del Colegio, cuya organización y funcionamiento se determinarán en el Reglamento Interno.

Ver texto oficial de la Ley del Notariado del Estado de México (pág. 31) ↗

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