- Ley
- Ley del Agua para el Estado de México y Municipios
- Artículo
- 25
Artículo 25 de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión Técnica es una dependencia del gobierno que funciona por su cuenta, con su propio dinero y personalidad legal, pero está bajo el mando de una Secretaría. Puede tomar decisiones técnicas, administrativas y de presupuesto sin pedir permiso a otros. Su oficina principal está en el estado, y su trabajo es coordinar y proponer reglas para mejorar los servicios del agua y su manejo en general, todo pensando en beneficiar a la gente.
Texto oficial
Artículo 25.- La Comisión Técnica es un organismo público descentralizado, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, sectorizado a la Secretaría, con autonomía técnica y de gestión, administrativa y presupuestal, que tendrá su domicilio legal en el Estado, y su objeto será el de regular y proponer los mecanismos de coordinación para la prestación de los servicios y el mejoramiento de la gestión integral del agua en beneficio de la población.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.