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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley217/98
Ley
Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México
Artículo
98

Artículo 98 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tienes que registrar a todos tus trabajadores en la Secretaría de Salud y guardar en sus expedientes personales los resultados de tres pruebas: la toxicológica (para detectar drogas), la psicométrica (que mide tus habilidades mentales) y la del polígrafo (el "detector de mentiras"). Además, cada vez que contrates a alguien nuevo o lo des de baja, debes avisarles de inmediato. Es como tener un archivo completo de cada empleado y reportar los movimientos al gobierno.

Texto oficial

Artículo 98. Registrar a todos los trabajadores a su cargo en la Secretaría de Salud, debiendo tener los expedientes con los exámenes toxicológicos, psicométrico y de polígrafo de cada uno y notificar, inmediatamente, las altas o bajas respectivas.

Ver texto oficial de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México (pág. 34) ↗

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