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Artículo 41 del Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo se reúne normalmente en las oficinas que la Secretaría designe para eso. Pero si alguien pide juntarse en otro lugar y el pleno (todos los miembros) lo acepta, también pueden hacerlo ahí.

Texto oficial

Artículo 41. El Consejo sesionará en la sede que establezca para tal efecto la Secretaría y opcionalmente podrá sesionar en sede distinta cuando sea solicitada previamente y aprobada por el pleno.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.