- Ley
- Reglamento de Salud del Estado de México
- Artículo
- 178
Artículo 178 del Reglamento de Salud del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Después de cada velorio, tienes que limpiar bien la sala donde estuvo el cuerpo y también desinfectarla y eliminar cualquier plaga (como cucarachas o ratones). Todo esto hay que hacerlo con la frecuencia que digan las reglas oficiales de tu estado. Básicamente, no se vale dejar sucia la sala después de un servicio funerario.
Texto oficial
Artículo 178.- Después de cada servicio se asearán debidamente las salas de velación y se realizará la desinfección y desinfestación con la periodicidad que establezca la norma técnica estatal. TITULO SEXTO LIMPIEZA PUBLICA
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.