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Artículo 87 de la LEY General de Salud

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si estudias una carrera de salud y ya terminaste tus materias, como pasante tendrás que hacer tu servicio social. Eso significa que trabajarás en clínicas o centros de salud del primer nivel de atención, que son los más básicos, como consultorios locales. Además, te van a mandar sobre todo a zonas pobres o con menos recursos, donde más se necesita ayuda.

Texto oficial

Artículo 87.- La prestación del servicio social de los pasantes de las profesiones para la salud, se llevará a cabo mediante la participación de los mismos en las unidades aplicativas del primer nivel de atención, prioritariamente en áreas de menor desarrollo económico y social.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 65) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.