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Artículo 19 de la LEY Reglamentaria del Artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Mejora Continua de la Educación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El sistema de capacitación para maestros se ajustará según los resultados de evaluaciones que midan sus habilidades y conocimientos. El objetivo es ayudar a los profesores, directores y supervisores a mejorar en su trabajo, para que los estudiantes aprendan mejor y se desarrollen de manera integral. También se busca que el sistema educativo nacional cumpla sus metas y que los maestros crezcan tanto en lo personal como en lo profesional.

Texto oficial

Artículo 19. El Sistema Integral de Formación, Capacitación y Actualización será retroalimentado por evaluaciones diagnósticas, las cuales tendrán como objetivo fortalecer las capacidades, conocimientos, LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 3o. DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE MEJORA CONTINUA DE LA EDUCACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 30-09-2019 8 de 20 aptitudes, habilidades, destrezas y actitudes del personal que ejerza la función docente, directiva o de supervisión, para contribuir al logro de aprendizaje y desarrollo integral del educando, así como cumplir los objetivos y propósitos del Sistema Educativo Nacional y proporcionar elementos que promuevan el desarrollo humano y profesional de las maestras y los maestros.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.