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Artículo 143 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Se eliminó este artículo de la ley. Ya no tiene ningún efecto. La fecha de esa eliminación fue el 12 de mayo de 1995. Es decir, lo que decía aquí ya no cuenta para nada.

Texto oficial

Artículo 143.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 12-05-1995

Ver ley oficial en el DOF (pág. 29) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.